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Solicitud de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena (EX03)

Para muchos extranjeros, trabajar en España representa una oportunidad única de desarrollo profesional y personal. El mercado laboral español, diverso y dinámico, ofrece posibilidades en numerosos sectores. Si eres extranjero y has recibido una oferta de trabajo en España, necesitarás tramitar una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. En este post, te guiaremos a través del proceso de solicitud utilizando el Modelo EX03.

¿Qué es el Modelo EX03?

El Modelo EX03 es el formulario oficial destinado a la solicitud de autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Esta autorización permite a los extranjeros residir y trabajar legalmente en España como empleados de una empresa o persona física que actúa como empleador.

Descargar modelo EX03

Para facilitar tu proceso de solicitud, te proporcionamos el acceso directo al formulario EX03. Puedes descargarlo a través del siguiente enlace:

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Tipos de autorizaciones

  1. Autorización inicial: Para extranjeros que solicitan por primera vez una autorización para residir y trabajar en España.
  2. Primera renovación: Al finalizar la vigencia de la autorización inicial.
  3. Segunda renovación: Al finalizar la primera renovación.
  4. Autorización de residencia de larga duración: Tras cinco años de residencia legal continuada en España.

Requisitos principales

  1. Para el empleador:
    • Estar inscrito en el régimen correspondiente de la Seguridad Social
    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
    • Contar con medios económicos suficientes para hacer frente a las obligaciones contractuales
    • Presentar un contrato de trabajo que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización
    • Las condiciones del contrato deben ajustarse a la normativa vigente
  2. Para el trabajador extranjero:
    • No encontrarse irregularmente en territorio español
    • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años
    • No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido
    • Haber transcurrido el periodo de compromiso de no regreso a España, si el trabajador extranjero asumió dicho compromiso al retornar voluntariamente a su país de origen
    • Poseer la capacitación y cualificación profesional requerida para el ejercicio de la profesión
  3. Situación Nacional de Empleo: La contratación debe considerar la situación nacional de empleo. Esto implica que el puesto de trabajo debe estar incluido en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura o se debe obtener un certificado negativo del Servicio Público de Empleo que acredite la insuficiencia de demandantes de empleo adecuados y disponibles para el puesto ofertado.

¿Cómo presentar la solicitud?

  1. Documentación necesaria:
    • Formulario EX03 debidamente cumplimentado
    • Documentación identificativa del empleador (DNI, NIE o CIF)
    • Documentación acreditativa de la capacidad económica del empleador
    • Contrato de trabajo firmado
    • Documentación acreditativa de que se tiene la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión
    • Certificado negativo del Servicio Público de Empleo o concurrencia de un supuesto de excepción a la situación nacional de empleo
    • Pasaporte completo y en vigor del trabajador
    • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen
    • Certificado médico
  2. Lugar de presentación: La solicitud deberá presentarla el empleador personalmente, o a través de un representante legalmente acreditado, en la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia donde se vaya a ejercer la actividad laboral.
  3. Pago de tasas: El empleador deberá abonar las tasas correspondientes utilizando el modelo 790, código 052.

Procedimiento para el trabajador

Una vez aprobada la solicitud en España, el trabajador extranjero deberá:

  1. Solicitar personalmente el visado en la misión diplomática u oficina consular española en su país de residencia en el plazo de un mes.
  2. Presentar la resolución favorable, pasaporte en vigor, certificado de antecedentes penales y certificado médico.
  3. Una vez en España, solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde su entrada.
  4. Darse de alta en la Seguridad Social en el plazo de tres meses desde su entrada en España. Este requisito es imprescindible para que la autorización entre en vigor.

Vigencia y renovación

La autorización inicial tiene una duración de un año. Las renovaciones tienen una vigencia de dos años, excepto la autorización de residencia de larga duración, que es permanente y debe renovarse cada cinco años. Para renovar, se deberá acreditar:

  • Continuidad en la relación laboral que dio origen a la concesión
  • O haber realizado actividad laboral durante un mínimo de seis meses por año y haber suscrito un nuevo contrato
  • O haber trabajado un mínimo de tres meses por año y acreditar búsqueda activa de empleo y una nueva oferta de trabajo
  • O encontrarse en alguno de los supuestos específicos contemplados en la normativa (prestaciones por desempleo, víctimas de violencia de género, etc.)

Consideraciones importantes

  • La autorización inicial se limita a un ámbito geográfico y ocupación determinados
  • Tras la renovación, el trabajador puede ejercer cualquier actividad en todo el territorio nacional
  • Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos al español y legalizados
  • El plazo máximo de resolución es de tres meses
  • El silencio administrativo es negativo

Excepciones a la situación nacional de empleo

Existen diversos supuestos en los que no se tiene en cuenta la situación nacional de empleo, como:

  • Familiares reagrupados en edad laboral
  • Titulares de una autorización previa de residencia en España
  • Trabajadores necesarios para el montaje o reparación de equipos productivos importados
  • Trabajadores altamente cualificados
  • Nacionales de Estados con los que España tenga suscritos acuerdos internacionales
  • Otros colectivos determinados en la normativa vigente

Plazos de solicitud

La solicitud inicial debe presentarse mientras el extranjero se encuentra en su país de origen. Las renovaciones deben solicitarse durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización. También se admitirá la presentación de la solicitud dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha de expiración, sin perjuicio de la posible sanción.

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