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Solicitud de residencia temporal y trabajo cuenta ajena de duración determinada (EX06)

Existen situaciones específicas en las que empresas españolas necesitan contratar trabajadores extranjeros para actividades de carácter temporal o estacional. Para estos casos, la legislación española contempla una autorización especial que permite residir y trabajar legalmente en el país por un periodo limitado. Si eres extranjero y has recibido una oferta de trabajo temporal en España, o eres un empleador que necesita contratar personal extranjero para una actividad de duración determinada, deberás tramitar una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada. En este post, te guiaremos a través del proceso de solicitud utilizando el Modelo EX06.

¿Qué es el Modelo EX06?

El Modelo EX06 es el formulario oficial destinado a la solicitud de autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada. Esta autorización permite a los extranjeros residir y trabajar legalmente en España durante un periodo limitado, para actividades específicas de carácter temporal.

Descargar modelo EX06

Para facilitar tu proceso de solicitud, te proporcionamos el acceso directo al formulario EX06. Puedes descargarlo a través del siguiente enlace:

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Tipos de actividades de duración determinada

  1. De temporada o campaña: Actividades vinculadas a labores agrícolas de temporada o campañas específicas.
  2. De obra o servicio: Para montaje de plantas industriales, infraestructuras, construcciones, redes eléctricas, de gas, o ferroviarias, entre otros.
  3. De personal de alta dirección: Para actividades de gestión por cuenta ajena en empresas o equipos deportivos profesionales.
  4. Para la formación y prácticas profesionales: Actividades formativas en las que el empleador proporciona formación profesional.
  5. Para la cobertura de actividades específicas: Como personal artístico y deportivo que realiza actividades remuneradas en España.

Requisitos principales

  1. Para el empleador:
    • Estar inscrito en el régimen correspondiente de la Seguridad Social
    • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
    • Contar con medios económicos suficientes para hacer frente a las obligaciones contractuales
    • Presentar un contrato de trabajo firmado que especifique la actividad temporal y su duración
    • Garantizar una actividad continuada durante la vigencia de la autorización
    • Disponer de un alojamiento adecuado para los trabajadores en caso de temporeros o personal estacional
    • Organizar los viajes de llegada a España y de regreso al país de origen, asumiendo los costes (en caso de temporeros)
  2. Para el trabajador extranjero:
    • No encontrarse irregularmente en territorio español
    • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años
    • No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido
    • No estar en el periodo de compromiso de no retorno a España, si asumió dicho compromiso al retornar voluntariamente a su país de origen
    • Poseer la capacitación y cualificación profesional requerida para el ejercicio de la profesión
  3. Situación Nacional de Empleo: Al igual que en las autorizaciones estándar de trabajo por cuenta ajena, se debe considerar la situación nacional de empleo, aunque existen excepciones específicas para algunos tipos de actividades de temporada o campaña.

¿Cómo presentar la solicitud?

  1. Documentación necesaria:
    • Formulario EX06 debidamente cumplimentado
    • Documentación identificativa del empleador (DNI, NIE o CIF)
    • Documentación acreditativa de la capacidad económica del empleador
    • Contrato de trabajo firmado que especifique la actividad y su duración
    • Documentación que acredite disponer de un alojamiento adecuado (para temporeros)
    • Compromiso de organizar los viajes de llegada y regreso (para temporeros)
    • Certificado negativo del Servicio Público de Empleo o documentación que acredite la excepción a la situación nacional de empleo
    • Documentación acreditativa de que el trabajador posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión
    • Pasaporte completo y en vigor del trabajador
    • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen
    • Certificado médico
  2. Lugar de presentación: La solicitud deberá presentarla el empleador personalmente, o a través de un representante legalmente acreditado, en la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia donde se vaya a ejercer la actividad laboral.
  3. Pago de tasas: El empleador deberá abonar las tasas correspondientes utilizando el modelo 790, código 052.

Procedimiento para el trabajador

Una vez aprobada la solicitud en España, el trabajador extranjero deberá:

  1. Solicitar personalmente el visado en la misión diplomática u oficina consular española en su país de residencia en el plazo de un mes.
  2. Presentar la resolución favorable, pasaporte en vigor, certificado de antecedentes penales y certificado médico.
  3. Una vez en España, solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde su entrada (solo para autorizaciones superiores a seis meses).
  4. Darse de alta en la Seguridad Social. Este requisito es imprescindible para que la autorización entre en vigor.

Vigencia y prórroga

  • La duración de la autorización coincidirá con la duración del contrato de trabajo, con los siguientes límites:
    • Para actividades de temporada o campaña: máximo 9 meses dentro de un periodo de 12 meses consecutivos
    • Para obras o servicios: máximo 12 meses, prorrogable hasta la finalización de la obra o servicio
    • Para personal de alta dirección, deportistas profesionales y artistas: periodo necesario según la duración de la actividad, con un límite de 1 año
    • Para formación y prácticas: máximo 1 año, prorrogable por el tiempo necesario para completar la formación
  • Las prórrogas deberán solicitarse con una antelación mínima de 60 días naturales a la fecha de expiración de la autorización.

Particularidades de los trabajadores de temporada

Para los trabajadores de temporada o campaña, existen algunas particularidades:

  • El empleador debe garantizar una actividad continuada durante el periodo de autorización.
  • Se debe facilitar un alojamiento adecuado que reúna las condiciones de dignidad e higiene.
  • El empleador debe organizar los viajes de llegada a España y de regreso al país de origen, y asumir, como mínimo, el coste del primero y los gastos de traslado de ida y vuelta entre el punto de entrada a España y el lugar del alojamiento.
  • Los trabajadores que hayan sido contratados en origen y hayan retornado a su país tras la finalización de la relación laboral, tendrán preferencia para cubrir otras ofertas de empleo de temporada del mismo sector de actividad.
  • Tras participar en programas de trabajadores de temporada durante dos años consecutivos, los trabajadores tienen la posibilidad de ser contratados para otros sectores de actividad.
  • Tras cuatro años naturales acudiendo a campañas de temporada, los trabajadores pueden solicitar una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena de dos años, renovable.

Consideraciones importantes

  • Esta autorización está limitada a la actividad específica para la que fue concedida y su duración.
  • No permite realizar otras actividades laborales diferentes a la autorizada.
  • Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos al español y legalizados.
  • El plazo máximo de resolución es de 45 días. El silencio administrativo es negativo.
  • El trabajador está obligado a retornar a su país tras la finalización de la relación laboral. El incumplimiento puede afectar negativamente a futuras solicitudes.

Plazos de solicitud

La solicitud debe presentarse al menos tres meses antes del inicio previsto de la actividad laboral. En el caso de trabajadores de temporada, muchas veces estas contrataciones se realizan en el marco de acuerdos de contingentes o de gestión colectiva de contrataciones en origen, que tienen sus propios plazos y procedimientos específicos.

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