En España, la tenencia y el uso de armas de fuego están regulados de manera estricta. Existen distintos tipos de licencias dependiendo del tipo de arma y su finalidad. A continuación, te explicamos los principales permisos de armas disponibles en el país.
Tabla de los diferentes permisos de armas
Licencias para ciudadanos particulares
| Tipo de Licencia | Armas Autorizadas | Características y Requisitos |
|---|---|---|
| Licencia B | Armas cortas (pistolas y revólveres) |
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| Licencia D | Armas largas rayadas para caza mayor (rifles) |
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| Licencia E | Escopetas de caza y armas de tiro deportivo |
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| Licencia F | Armas de competición |
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| Autorización Especial para Menores (AEM) | Armas de caza con restricciones por edad |
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| Autorización Especial de Coleccionista (AE) | Armas históricas o de colección |
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Licencias exclusivas para profesionales
| Tipo de Licencia | Armas Autorizadas | Características y Requisitos |
|---|---|---|
| Licencia A | Armas reglamentarias de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad |
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| Licencia C | Armas para vigilantes de seguridad armados |
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Requisitos y documentación para el permiso de armas en España
Nota: Esta información es orientativa y puede estar sujeta a cambios en la legislación. Consulte siempre las fuentes oficiales de la Guardia Civil o el Ministerio del Interior para información actualizada sobre permisos de armas en España.
Licencias para ciudadanos particulares
Licencia B: Armas cortas (pistolas y revólveres)
Esta licencia permite la posesión y el uso de armas cortas de fuego, como pistolas y revólveres. Se concede únicamente en casos excepcionales y justificados de riesgo extremo para la integridad personal. Su concesión está sujeta a un riguroso proceso de evaluación por parte de la Guardia Civil.
Licencia D: Armas largas rayadas para caza mayor
Esta licencia autoriza la posesión y uso de rifles de caza mayor. Para obtenerla, se debe ser mayor de 18 años y cumplir ciertos requisitos de capacitación y seguridad. Con esta licencia, se pueden poseer hasta un máximo de cinco rifles.
Licencia E: Escopetas de caza y armas de tiro deportivo
Es una de las licencias más comunes, ya que permite el uso de escopetas para la caza menor y carabinas del calibre .22 para tiro deportivo. También permite la tenencia de ciertas armas de tiro al plato. La edad mínima para solicitarla es de 18 años.
Licencia F: Armas de competición
Dirigida a tiradores deportivos federados, esta licencia habilita el uso de armas de competición en campos de tiro homologados. Se requiere estar afiliado a una federación de tiro y cumplir con sus exigencias.
Autorización Especial para Menores (AEM)
Permite a jóvenes de entre 14 y 18 años utilizar armas de caza bajo condiciones estrictas. Los menores deben estar siempre acompañados de un adulto con licencia. Existen limitaciones en función de la edad:
- De 14 a 16 años: solo armas de aire comprimido o escopetas de caza menor.
- De 16 a 18 años: pueden usar rifles de caza mayor bajo supervisión.
Autorización Especial de Coleccionista (AE)
Este permiso está dirigido a personas que deseen poseer armas históricas o de colección. No permite su uso habitual y está sujeto a estrictos requisitos de almacenamiento y seguridad.
Licencias exclusivas para profesionales
Licencia A: Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad
Esta licencia está reservada exclusivamente para militares, policías y otros cuerpos de seguridad del Estado. Permite el uso de armas reglamentarias en el ejercicio de sus funciones.
Licencia C: Vigilantes de seguridad armados
Autorización para vigilantes de seguridad privada que deben portar armas durante el desempeño de su trabajo. Su uso está limitado a la jornada laboral y requiere formación específica.
Para conocer los requisitos y la documentación necesaria para obtener un permiso de armas en España, puedes consultar el siguiente artículo: Requisitos y documentación para el permiso de armas en España.